Suspensión Temporal del Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado

Trámite que realiza el usuario para suspender el servicio de agua potable y/o alcantarillado por un año.

Ley de Aguas del Estado de Baja California Sur

Artículo 86.- Cualquier modificación que se pretenda hacer al inmueble o establecimiento que afecte las instalaciones correspondientes a los servicios públicos, requerirá de la presentación previa de la solicitud respectiva por los interesados al prestador de los servicios. En ningún caso el propietario o poseedor del predio o establecimiento podrá operar por sí mismo el cambio del sistema, instalación, supresión o conexión de los servicios públicos.

Artículo 87.- Independientemente de los casos en que conforme a la Ley proceda la suspensión o supresión de una toma de agua o de una descarga, el interesado podrá solicitar la suspensión o supresión respectiva, expresando las causas en que funde su solicitud.

Artículo 88.- La solicitud a que se refiere el Artículo anterior, será resuelta por el prestador de los servicios en un término de diez días hábiles a partir de su presentación; de ser favorable el acuerdo, éste se cumplimentará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, corriendo por cuenta del solicitante todos los gastos inherentes a la suspensión o supresión.

Cuando por así convenir a sus intereses, el usuario requiere que el servicio de agua potable y/o alcantarillado, sea suspendido.

  1. Acreditar ser el titular del contrato de servicio de agua potable y/o alcantarillado, con identificación oficial vigente.
  2. Saldo en ceros del servicio de agua potable y/o alcantarillado.
  3. Pago anticipado de reconexión del servicio
  4. Que el bien inmueble se encuentre deshabitado totalmente.

Trámite Ciudadano

Requiere inspección para verificar que el bien inmueble está deshabitado y que corresponde al servicio que se solicita suspender temporalmente.

Término legal: 10 días hábiles para resolver y 5 días hábiles para ejecutar la suspensión.

No aplica afirmativa o negativa ficta

No existe un pago determinado para este trámite, solo el requisito de pagar de manera anticipada la reconexión del servicio

Un año con opción a renovar por un año más

Oficinas Comerciales

Félix Ortega e/ Normal Urbana y Márquez de León
La Paz, Baja California Sur.
Teléfono: 6121238600

Lunes a Viernes de 8:00 am – 3:00 pm

Que se cumplan todos y cada uno de los requisitos.

Lic. Neyma Luna Salaices
Director Comercial

Félix Ortega e/ Normal Urbana y Márquez de León
La Paz, Baja California Sur.
Teléfono: 6121238600

Para mayor facilidad, se publicará la liga del procedimiento debidamente autorizado y publicado.