Alta en el Padrón de Proveedores

Trámite a realizar por personas físicas o morales para estar inscrito en el Padrón de Proveedores de OOMSAPAS de La Paz y proporcionarle bienes o servicios.

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Artículo 30.- Las Dependencias, Entidades de la Administración Pública, y los Organismos Autónomos podrán convocar, adjudicar o contratar  adquisiciones, arrendamientos y servicios, solamente cuando se cuente con disponibilidad presupuestal, dentro de su presupuesto aprobado, y el calendario de egresos autorizado.

En casos excepcionales y previa autorización de la Secretaría de Finanzas, la convocante podrá, adjudicar y formalizar contratos cuya vigencia inicie en el ejercicio fiscal siguiente en el que se formalizan. Los referidos contratos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del año en el que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la falta de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en este párrafo se considerará nulo.

Artículo 31.- Las Dependencias, Entidades Estatales y los Organismos Autónomos, podrán contratar bajo su estricta responsabilidad, adquisiciones, arrendamientos y servicios, mediante los procedimientos de contratación que a continuación se señalan:

  1. Licitación pública;
  2. Invitación a cuando menos tres personas, o
  3. Adjudicación directa.

En los procedimientos de contratación deberán establecerse los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes, especialmente por lo que se refiere a tiempo y lugar de entrega, forma y tiempo de pago, penas convencionales, anticipos y garantías; debiendo la convocante proporcionar a todos los interesados igual acceso a la información relacionada con dichos procedimientos, a fin de evitar favorecer a algún participante.

La licitación pública inicia con la publicación de la convocatoria y, en el caso de invitación a cuando menos tres personas, con la entrega de la primera invitación; ambos procedimientos concluyen con la firma del contrato.

Artículo 32.- La Oficialía Mayor o su equivalente en las Entidades y Organismos Autónomos, remitirán  a la Secretaría de la Función Pública, a través de los medios de difusión electrónica la información que obre en su base de datos correspondientes a las convocatorias y bases de las licitaciones y, en su caso, sus modificaciones; las actas de las juntas de aclaraciones y de visita a instalaciones, los fallos de dichas licitaciones o las cancelaciones de éstas, y los datos relevantes de los contratos adjudicados, sean por licitación, invitación o adjudicación directa, conforme a las disposiciones del que establezca el Reglamento de la Ley.

Artículo 33.- Las adquisiciones, arrendamientos y servicios por regla general, se adjudicarán a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria, para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que serán abiertos públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo a lo que establece la presente Ley.

El sobre a que hace referencia este artículo deberá entregarse, en el lugar de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones.

Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas autógrafamente por los licitantes o sus apoderados;

Artículo 34.- En los procedimientos para la contratación de las adquisiciones, arrendamientos y servicios, las Dependencias y Entidades autorizadas optarán en igualdad de condiciones, por el empleo de los Recursos Humanos del Estado y por la utilización de los bienes o servicios propios de la región, que sean ofertados por proveedores locales, con domicilio fiscal y residencia permanente de una antigüedad no menor a 12 meses y que cuente con licencia municipal.

 

REGLAMENTO LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Artículo 14 Bis.- Una vez conformado el Comité General, éste tendrá un lapso no mayor de treinta días naturales al efecto de remitir por conducto de la secretaria General Municipal para su correspondiente publicación y deposito que proceda, el contenido y relación de las normas aplicables para la conformación y operación del padrón de proveedores que ocurra, observándose en todo el contenido del capítulo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Gobierno del Estado.

Cuando un proveedor, persona física o moral, quiere prestar servicios, arrendamientos o bienes al Organismo Operador, deberá previamente a ello, darse de alta en el Padrón de Proveedores.

  • Formato de alta de proveedores debidamente llenado.
  • Constancia de Situación Fiscal (emitida por SAT con máximo 3 semanas de antigüedad).
  • Constancia de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales (emitida por SAT con máximo 3 semanas de antigüedad).
  • Acta Constitutiva y su última reforma (en caso de ser persona moral).
  • Licencia de Funcionamiento Municipal para Giros Comerciales, Industriales y de Servicios.
  • Identificación Oficial del Propietario.
  • Identificación Oficial del Representante Legal y Poder Notarial (en caso de ser persona moral).
  • Comprobante de Domicilio.
  • Curriculum empresarial.
  • Carta presentación de los servicios que presta y/o bienes que oferta.
  • Datos bancarios para transferencia (Titular de Cuenta Bancaria, Institución Bancaria, Número de cuenta bancaria, Clabe Interbancaria).

No aplica afirmativa o negativa ficta

Se debe renovar cada mes enviando Constancia de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales

Departamento de Adquisiciones

Normal Urbana entre Félix Ortega e Isabel La Católica
La Paz, Baja California Sur.
Teléfono: 6121238600

Lunes a Viernes de 8:00 am – 3:00 pm

Además de cumplir con todos los requisitos solicitados, debe de ser con domicilio fiscal y residencia permanente de una antigüedad no menor a 12 meses

L.C. Cruz Elena Murillo Sández
Directora Administrativa y Financiera

Félix Ortega e/ Normal Urbana y Márquez de León
La Paz, Baja California Sur.
Teléfono: 6121238600

1.- Presentar todos los requisitos y formato debidamente llenado al departamento de adquisiciones

2.- Esperar un mínimo de 24 a 36 horas para recibir confirmación de que ha sido dado de alta en el padrón de proveedores.