Inscripción o renovación al Padrón de Pensionados, Jubilados, Personas con Discapacidad y Adultos Mayores

Trámite que inscribe (o renueva) la inscripción de jubilados, pensionados, personas con discapacidad o adultos mayores a un padrón especial para gozar del beneficio de un 50% de descuento en el pago mensual de su servicio de agua potable y/o alcantarillado.

Ley de Hacienda para el municipio de La Paz, Baja California Sur

Artículo 176.– Para los efectos de este Capítulo se consideran Pensionados y Jubilados aquellas personas que acrediten dicha calidad con la documentación oficial correspondiente, expedida por las instituciones de seguridad social que a continuación se señalan:

I. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado.
II. Instituto Mexicano del Seguro Social.
III. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de las Fuerzas Armadas Mexicanas, de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad.
IV. Otras Instituciones de Seguridad Social que presten estos servicios en las diversas Entidades Federativas del País.

Artículo 177.- Se establece a favor de los Pensionados y Jubilados, una reducción que será del 50% en el pago de conceptos que a continuación se indican:

III. Por la prestación del servicio de Agua Potable y Alcantarillado, tratamiento y saneamiento.

Artículo 178.- Para los efectos de este capítulo se considera persona con discapacidad, a toda aquella persona que presente una limitación física o mental permanente para el desarrollo de sus actividades cotidianas y que no se corrige dicha limitación por ningún medio quirúrgico o físico.

Para efectos de este capítulo, se considera tutor legal la persona a cargo de quien se encuentra la guarda de la persona con discapacidad y de sus bienes, y a quien la autoridad judicial le ha dado ese carácter y lo acredite ante las cajas recaudadoras de la Tesorería Municipal, previo al pago, mediante la exhibición de copia certificada de la resolución que le confiere el pago.

Artículo 179.- A fin de ser beneficiado para las reducciones establecidas en este capítulo, las personas con discapacidad deberán presentar una credencial expedida por el Centro de Rehabilitación y Educación Especial (CREE), siendo esta la única instancia autorizada para la certificación y emisión de la misma.

Artículo 180.- Se establece a favor de las personas con discapacidad una reducción: … III. De un 50% de descuento por el servicio de agua potable y alcantarillado, tratamiento y saneamiento para uso doméstico, en el pago de los derechos de las solicitudes de contrato del servicio de agua potable y alcantarillado, así mismo para la solicitud de cambio de propietario, para personas con discapacidad o tutor legal que acrediten los requisitos del programa.

Artículo 181.- Para los efectos de este Capítulo se consideran personas Adultas Mayores aquellas personas que cuentan con sesenta años o más de edad y que se encuentran domiciliadas o de paso en el Estado de Baja California Sur, en términos de lo establecido por la Lewy de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Baja California Sur y que, además, acrediten dicha calidad con la credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, estableciéndose en su favor una reducción que será del 50% en el pago de los conceptos que a continuación se indican:


III. Por la prestación del servicio de Agua Potable y Alcantarillado, tratamiento y saneamiento.

Cuando el usuario que es jubilado, pensionado, persona con discapacidad o adulto mayor, desea obtener el beneficio de descuento por el 50% en el pago mensual de su servicio de agua potable y/o alcantarillado.

  1. Acreditar la personalidad jurídica de ser el titular del contrato en el cual se quiere gozar del beneficio, con identificación oficial
  2. Número de usuario o último recibo de pago.
  3. Credencial de Pensionado o Jubilado por cualquiera de las siguientes Instituciones de Seguridad Social, según sea el caso:
    • Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado.
    • Instituto Mexicano del Seguro Social.
    • Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de las Fuerzas Armadas Mexicanas, de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad.
    • Otras Instituciones de Seguridad Social que presten estos servicios en las diversas Entidades Federativas del País.
  4. Credencial expedida por el Centro de Rehabilitación y Educación Especial (CREE) en caso de ser persona con discapacidad o estar a cargo de persona con discapacidad en calidad de padre, madre o tutor.
  5. Comprobante de Domicilio

Solo en caso que se requiera verificar que el usuario vive en el domicilio del contrato.

No aplica afirmativa o negativa ficta

Oficinas Comerciales

Félix Ortega e/ Normal Urbana y Márquez de León
La Paz, Baja California Sur.
Teléfono: 6121238600

Lunes a Viernes
8:00 am a 3:00 pm

  1. Que el contrato en donde se quiere obtener el beneficio, sea doméstico.
  2. Que el domicilio del contrato, la identificación oficial, comprobante de domicilio y cualquiera de las credenciales de pensionado, jubilado, persona con discapacidad o adulto mayor, sea el mismo.

Lic. Neyma Luna Salaices
Director Comercial

Félix Ortega e/ Normal Urbana y Márquez de León
La Paz, Baja California Sur.
Teléfono: 6121238600

Se agregará el enlace al procedimiento aprobado y publicado, para mayor referencia.