Cambio del Titular del Contrato del Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado

Trámite a realizar cuando cambia de propietario el predio en donde se encuentra instalada una toma y/o descarga de agua potable y/o alcantarillado y es obligatorio el cambio en el titular del contrato.

LEY DE AGUAS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Sección Segunda

De los derechos y obligaciones de los usuarios

Artículo 96.- Todo usuario, tanto del sector público como del sector social o privado, está obligado al pago de los servicios públicos que se presten, con base en las cuotas y tarifas fijadas en los términos de esta Ley.

Artículo 97.- Los usuarios deberán pagar el importe de la tarifa o cuota dentro del plazo razonable que en cada caso señale el recibo correspondiente y en las oficinas que determine el prestador de los servicios.

Artículo 98.- El propietario de un predio responderá ante el prestador de los servicios por los adeudos que ante el mismo se generen en los términos de esta Ley.

Cuando se transfiera la propiedad de un inmueble con sus servicios públicos, el nuevo propietario se subrogará en los derechos y obligaciones derivados de la contratación anterior, debiendo dar aviso al prestador de los servicios, estableciéndose un plazo de quince días para el cumplimiento del mismo.

Cuando se transfiera la propiedad de un inmueble con sus servicios públicos

  • Solicitud de cambio de titular de contrato
  • Acreditar la personalidad jurídica con identificación oficial
  • Número de contrato
  • Estar vigente en el pago del servicio al momento de solicitar el cambio
  • Acreditar que es el nuevo propietario con copia de escritura pública con la debida inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Catastro.
  • En caso de que la solicitud sea realizada por tercera persona, presentar carta poder simple y la identificación oficial correspondiente.
  • En caso de ser persona moral, presentar el Poder Notarial correspondiente

Ciudadano – Empresarial

No aplica afirmativa o negativa ficta

Doméstico — 191.03 (Ciento noventa y un pesos ———————-03/100 M.N. )

Comercial — 382.20 (Trescientos Ochenta y dos pesos ————— 20/100 M.N. )

Industrial — 382.20 (Trescientos Ochenta y dos pesos —————- 20/100 M.N. )

Hasta que las condiciones de propiedad del predio cambien otra vez.

Oficinas Comerciales

Félix Ortega e/ Normal Urbana y Márquez de León
La Paz, Baja California Sur.
Teléfono: 6121238600

Lunes a Viernes de 8:00 am – 3:00 pm

Que el cambio de propietario del predio sea acreditado fehacientemente

Lic. Neyma Luna Salaices
Director Comercial

Félix Ortega e/ Normal Urbana y Márquez de León
La Paz, Baja California Sur.
Teléfono: 6121238600